HISTORIA DEL CÓDIGO DE COMERCIO DE  ECUADOR
El código de comercio es la colección de leyes relativas a los negocios mercantiles, también podemos decir que regula lo concerniente a las relaciones jurídicas nacidas del ejercicio del comercio, se las puede considerar como normas de carácter subjetivo, normas de carácter objetivo, todas las reguladoras de acto de comercio y de las relaciones que engendran estos. Ecuador acogió el código de comercio a través de la ley de 4 de noviembre de 1831, decretado, sancionado y  promulgado por  Fernando VII de ingrata,  la vigencia que tuvo el código de comercio español en nuestra patria fue desde el 1 de enero de 1832 hasta el 10 de mayo de 1882.
El convenio  que fue llevado a cabo en la ciudad de Ambato, elabora el primer código de comercio ecuatoriano el 27 de abril de 1882, que pasa a ser el fruto del estudio meditación y dedicación de gente ecuatoriana, que fue sancionada el 29 de abril del mismo año por el presidente de la republica Ignacio de Veintemilla, que rigió desde el 10 de mayo de 1882. Este código de comercio fue sustituido por el que se dictó el 30 de julio de 1906, por decreto supremo del general Eloy Alfaro, el mismo que como cuerpo de leyes se encuentra aún vigente con muchas reformas, supresiones y añadiduras.
El código de comercio ecuatoriano  es renovado en el año de 1925 en lo concerniente a las letras de cambio, aceptándose la ley de Bruselas, capital de Bélgica que fue aprobado por la respectiva conferencia internacional y por nuestro país, para poder unificar las legislaciones debe regir a estos documentos mercantiles.
La Asamblea Nacional aprobó, con amplia mayoría, los 1.348 artículos del nuevo Código de Comercio que actualiza una normativa que estuvo vigente desde 1906. El nuevo Código de Comercio potencia la libertad de contratación, reconoce el comercio de masas y uso de medios electrónicos, protege los derechos del consumidor y otorga mayor valor a la costumbre mercantil. El proyecto pasó cuatro años de análisis en la Asamblea.
El presidente de la Comisión Pabel Muñoz destacó que se armonizó la redacción en siete libros que se refieren a: actividad mercantil y actos de comercio en general; personas e instrumentos del comercio; títulos valores y títulos de crédito; obligaciones y contratos mercantiles; contrato de seguro; y contratos de transporte. Con la propuesta aprobada por la Asamblea se elimina las reglas antiguas como los martilladores que se regulan por la Función Judicial.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFIAS


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